Deducir Gastos

Si eres autónomo y trabajas en casa hay gastos que te puedes deducir como luz, agua, gas, teléfono… Mira cuándo y cuánto puedes deducir. No siempre puedes incluirlos.

Existe la creencia de que trabajar en casa es genial. Tú marcas el ritmo. Muchos seguro que te dicen que te envidian. Pero a veces no es tan guay, no tener horarios. ¿Cómo no vas a responder un email a un cliente que lo es todo un domingo por la mañana? Bueno, esto da por otro post y no es el tema de hoy.

Cuando trabajas en casa, los gastos también se disparan.

El ordenador enchufado todo el día sin ir más lejos.

Internet ya no solo es para ocio, es por lo que perderás los nervios como falle.

Si no quieres morirte de frío y trabajar envuelto en mil mantas, encenderás la calefacción.

Además, ese teléfono no es solamente para hablar con los amigos, con tu madre, con la familia. Es la salida al mundo. Si es el móvil puedes leer aquí cómo deducirlo. No funciona igual.

Pues todo esto supone gastos y más gastos.

Los suministros como la luz, el agua y el teléfono para deducirlos si trabajas en casa como autónomo hay que hacerlo de una forma determinada. Y no te creas que te dejan deducir todo. ¡Qué va! ¿Lo estás haciendo bien?

Otra cosa que también puedes deducir es la gasolina, ¿sabes qué porcentaje puedes incluir?

¿Cómo puedo deducir los gastos de casa como autónomo?

Porque sí, es un cómo. No consiste en ver el total y deducirlo todo. Es un poquito más complicado.

Lo primero es lo primero. Ese gasto tiene que estar en una factura y además debe estar a tu nombre. Si trabajas en casa es muy normal que esté a nombre de tu pareja, de algún familiar o hasta del propietario si estás de alquiler.

Solo puedes deducir el 30% sobre el porcentaje que utilizas de tu casa de los gastos de luz, agua, gas, teléfono. Pero ojo, no es del total.

¿Qué es eso del 30%?

Es el porcentaje que Hacienda te deja deducir. Pero no del total de la factura. No. Solamente calculado sobre los m2 que vas a usar de tu casa. Es un porcentaje sobre otro.

Por eso, antes de deducir nada, lo primero que debes hacer es meter tu casa. Es decir, decirle a Hacienda que desarrollas tu actividad ahí.

¿Y esto cómo se hace? Presentando un modelo 036/037. Tienes unas casillas entre ese montón de páginas para indicar donde realizas la actividad.

¿Sabes si tienes que utilizar el modelo 036 o el 037?

Y aquí es donde viene el quid de la cuestión. La clave de todo. Un error en esa casilla y fuera. No podrás deducir ni un solo gasto de tu casa.

Tienes que informar los m2 que tiene tu casa y los que vas a utilizar para tu actividad.

Sobre ese porcentaje de los m2 que vas a emplear es cuando puedes deducir el 30% que establece Hacienda.

Ejemplo deducir los gastos de casa

Ahora que ya has leído cómo deducir esos gastos de casa como la luz, agua y teléfono, aquí tienes un ejemplo. Para que te sea más fácil.

 

Ejemplo deducir los gastos de casa como autónomo

 

Por ejemplo: la casa tiene 90 m2 y tú vas a usar una habitación de unos 15 m2, entonces vas a dedicar el 17%.

Siguiendo con el ejemplo. Imagínate que te llega la factura de la luz. Tú quieres deducirlo como autónomo. Pues es una regla muy sencilla.

Si la factura fuera de 80 € entonces puedes deducir el 17%, 13,60 €, que es el porcentaje que habías indicado en el modelo 036 o 037. Y ahora sobre este importe calculas el 30% que es lo que Hacienda te deja deducir que sería 4,08 €

Buf… Sí, de los 80 € se ha quedado en solo 4,08 €. ¿Cómo puede ser? Ya ves, resulta que se supone que solamente gastas en tu actividad ese ridículo importe.

Al final se queda en un pequeño importe. Piensa que todo suma a la hora de deducir. Y así no pagar tantos impuestos. Poco a poco.

Después de tener ese importe ya puedes deducirlo en el IVA y en el IRPF. Si no tienes ni idea cómo rellenar el modelo 303, lee por aquí.

¿Qué me puedo deducir de mi casa?

En plan resumen:

  • Luz.
  • Agua.
  • Gas.
  • Teléfono fijo.
  • Internet.
  • Comunidad.
  • Seguro.
  • IBI y tasas de basura.
  • Reparaciones.
  • Alquiler.

 

¿Sabías cómo deducirte los gastos de casa, luz, agua, teléfono…? ¿Qué te parece?

Cuéntame, me encanta recibir tus comentarios.

26 Replies to “Ejemplo para deducir gastos casa luz, agua y teléfono como autónomo”

  1. Hola, Ana:

    Muchas gracias por tu blog, me resulta muy útil.
    Me gustaría saber si en el caso del porcentaje que se puede desgravar del IBI (que no tiene IVA), se puede incluir como gasto en la 303 y en la 103.
    Muchas gracias por tu tiempo y ayuda.

    1. Ana Tus Papeles 1 año ago

      Hola Ester, el cálculo es el mismo para deducir el IBI pero no tiene IVA así que no se declara en el modelo 303 IVA pero sí puedes incluirlo en el 130.
      Gracias por estar por aquí!

    2. Hola buenos días, es decir, si las facturas de los gastos de casa están a nombre de mi esposa, no puedo desgravarlos?

      1. Ana Tus Papeles 10 meses ago

        Hola Pedro, las facturas que puedes deducir deben estar a tu nombre.
        Gracias por estar por aquí!

  2. Hola Ana,
    Muchas gracias por la información que facilitas. Quiero empezar a deducirme gastos como la electricidad, ya que trabajo en casa, de lo cual he informado a Hacienda en el 037. Trabajo en educación así que no cargo IVA. Debido a ello, mi duda es si he de partir igualmente de la base imponible de una factura y no del total.
    Muchas gracias,
    Paula

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Paula, en tu caso el IVA es un gasto así que debes partir del total para realizar el cálculo del porcentaje.
      Gracias por estar por ahí!

  3. Hola , soy nuevo como autónomo apenas llevo un par de meses . Mi duda es si puedo desgravarme los suministros , el alquiler , el internet (aparezco como titular) . Todos esos servicios están a nombre de mi mujer , el móvil contraté para tener datos moviles para poder ejercer el trabajo. Soy repartidor .
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Karim, las facturas deben estar a tu nombre y solo puedes deducir esos gastos si en el modelo 037/036 o similiar figura el domicilio de tu casa como el de tu actividad y has indicado un porcentaje de m2.
      Gracias por estar ahí!

  4. Guillermo Alvarez 3 años ago

    Hola, soy nuevo nuevísimo como autónomo, pero vamos aprendiendo a pasos agigantados y en parte gracias a ti, me surge la duda con la factura de telecomunicaciones que lo incluye todo, fijo, móvil e internet y además con precios promocionados. Utilizaríamos la base imponible de cada uno de los servicios una vez aplicada la promoción sobre el mismo??? eso contando siempre con que la compañía lo desglose en la factura, saludos y gracias de antemano.

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Guillermo, gracias por tu comentario! Siempre se utiliza la base imponible, en ese caso de cada servicio después de aplicar esa promoción.

  5. Cristina 3 años ago

    Hola! Muchas gracias por tu blog, es genial 🙂
    Una consulta. Llevo más de un año deduciendome los suministros de agua, luz y electricidad peeero no lo tenía puesto en el 036/037. ¿Lo hago ahora? Si hubiera inspección me caería multa…? Estamos hablando de entre 3 y 9 euros al trimestre, una ridiculez… ¿Qué me recomiendas? ¿Se puede hacer de forma retroactiva?

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Cristina, puedes presentar ahora el mod 036/037 indicando los m2 y el porcentaje. Por lo menos se queda bien a partir de este momento. Lo máximo que admiten es poner fecha de un mes hacia atrás. Pero no de forma retroactiva de un año, te pedirían justificantes y eso es aportar hasta facturas. No es bueno. Lo que puede pasar si algún día revisan es que quiten esos gastos y sanción.
      Gracias por estar ahí!

  6. Hola Ana otra vez estoy por aquí,
    Ahora se me plantea como facturar un taller que di a personas con discapacidad de la Fundación Adeco. En su día lo facture sin iva y con una retención del 7% ya que no llevo 2 años como autónoma.
    Y ahora me dicen que la factura es incorrecta ya que estoy dada de alta en el modelo 036 en el epígrafe Tipo de Actividad RESTO EMPRESARIALES Epígrafe 4551.1 Confecc.Artic.Textiles Hogar
    ya que mi actividad principal es la confección de bufandas, pañuelos y fulares con la técnica de tintes de la naturaleza.
    Lo que pasa es que me surgió este taller como otra actividad para los discapacitados y que probablemente sea el único que voy a hacer. Te agradecería me indicaras como tengo que hacer la factura ya que el importe son 300 euros.
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Julia, me alegro de volver a oírte por aquí. Si estás dada de alta en ese epígrafe que comentas las facturas no llevan retención de IRPF. Ni el 7% ni ninguno. Esto sólo se hace si estuvieras en un epígrafe profesional. Además el taller no es una formación que esté incluida en ningún plan de estudios oficial con lo cual lleva IVA.

  7. Hola buenas tardes.
    Soy autónoma y mi actividad es el diseño de pañuelos y fulares con tintes naturales.
    El asunto es que a veces puedo hacer factura de la venta y en otros casos no (por ejemplo en venta en mercadillos artesanales, etc…) De que manera puedo facturar lo que vendo en esas condiciones de pago en metálico y que no se como se llama el comprador.
    El régimen de autónomo que estoy es «estimación directa simplificada».
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Julia, es algo muy normal y frecuente que se da en tiendas. No se sabe los datos del cliente. Cuando tienes todos los datos puedes emitir una factura. Cuando no los tienes serían clientes contado o diversos y en lugar de una factura sería un ticket que ahora se llama factura simplificada. La forma de hacerlas es igual que una factura normal pero sin datos del cliente. Deben llevar otra numeración. Para tu operativa cuando estés en un mercadillo podrías llevar un bloc (los venden así) donde tengas anotada la numeración y así te evitas sistemas informáticos difíciles de tener a mano en esas circunstancias.
      Gracias por estar ahí!

  8. HOLA BUENAS TARDES. SOY AUTONOMO DESDE MI CASA Y
    TENGO UNA DUDA CON LA CONTABILIZACION DE LOS GASTOS DE SUMINISTRO.
    EN MI CASO EL PORCENTAJE DE MI DOMICILIO PARA LA ACTIVIDAD QUE HAGO ES DEL 30%.
    POR EJEMPLO EN EL RECIBO DE LA LUZ, SIENDO LA FACTURA POR EJEMPLO 100+21 IVA=121, ME PODRIA DEDUCIR DE LA BASEIMPONIBLE 100 EL 30% Y LUEGO EL 30% QUE SERIAN 9 EUROS ENTONCES
    A ESOS 9 EUROS LE CALCULARIA ELIVA CORRESPONDIENTE QUE SERIA 1,89 Y RESULTARIA UN TOTAL DE 10,89.
    ¿ES CORRECTO MI PLANTEAMIENTO? ¿Y ESE IVA DE 1,89 ES DEDUCIBLE EN EL MODELO 303? MUCHAS GRACIAS

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Jorge, perfecto el planteamiento. Es así como se calcula. Primero calculas el porcentaje que figura en el modelo 036/037 afectado de tu casa y luego sobre ese importe el 30%. Siempre sobre base imponible. El importe del VA que te dé en el cálculo es deducible en el modelo 303.
      Una cosa, es preferible no escribir en mayúsuculas porque cuesta leerlo.
      Gracias por estar ahí!

  9. Excelente nota y ayuda. Ahora, tengo una duda, ya que comencé hace 2 meses como autónomo.
    Comencé en Julio como Autónomo, pero tengo una factura trimestral con vto en Julio (fra de luz, que es mayo-junio-julio) y destino 9m2 en una casa de 102 (lo que indica catastro).
    Entonces, si la fra es 60, entiendo que para la rendición del próximo trimestre hare:
    60/3 (porque mayo no era autónomo) * 8%(destinado a ofi) = resultado * 30% . Es correcto? Y siempre siempre, en la base imponible. Y esto es solo «como autónomo» en cuanto al VA, o se repercute algo mas en IRPF??? Gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Juanma, es justo así como lo que comentas. Ten en cuenta que para deducir este tipo de gastos de la casa antes tienes que haber presentado un modelo 036/037 informando a Hacienda. Se deduce igual para el VA que para el IRPF sobre esa base imponible.
      Gracias por leer el blog !

  10. Hola me encanta tu blog. Una Consulta:
    Yo soy trabajador por cuenta ajena en una consultora de informática: de Lunes a Viernes de 9 a 6.
    Al mismo tiempo tengo 3 meses de Autónomo, ya que realizó unas actividades: «Publicidad y Relaciones Públicas» desde casa. Esta actividad la realizó de Lunes a Domingo (unas 3 – 4 horas de promedio al día desde casa) Mi pregunta es:
    ¿Pudiera colocar como gasto: Luz, Agua, Internet, IBI, etc? Lo pregunto considerando que al día solo le dedico unas 3 – 4 horas de Autónomo, ya que trabajo por cuenta ajena también. En el post hablas que solo se puede deducir el 30 % de la factura. En mi caso ¿Se deduce menos ya que son menos horas de trabajo de Autónomo?
    Muchas gracias por tu respuesta.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Roberto, puedes aplicar porcentaje. Calcula más o menos cuánto tiempo dedicas a tu actividad, luego mira los m2 que has indicado que utilizas de tu casa. Sobre ese importe calculas el 30%. Muchas veces al final el gasto que puedes deducir es mínimo pero todo suma y siendo autónomo es importante.
      Gracias por tenerte por aquí!

  11. ¿El teléfono móvil también tiene que estar vinculado al lugar de trabajo? Tengo que modificar el 036 para incluir el lugar de trabajo por lo que ahora no puedo deducir luz, agua, Internet, pero podría poner el teléfono móvil ¿no?

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Eva, el teléfono móvil puedes incluirlo sin problemas. El fijo es que el tiene que estar vinculado al lugar donde desarrollas tu actividad.
      Gracias por leer el blog!

  12. Cristina 5 años ago

    Hola qué tal parece que entiendes del tema. Quería consultarte si eres tan amable. Yo tengo puesto que dedico el 25% del la vivienda como oficina.
    Estoy haciendo mis excel de contabilidad. Cuando yo me desgravo el VA de algo que he comprado (soy diseñadora, he gastado en comprar unas tarjetas de visita) pongo el 100% del VA que me ha repercutido a mi en mi apartado de IVA SOPORTADO.
    Cuando quiero deducirme la luz por ejemplo mi duda es: Yo tengo que calcular el 30% del 25% de la base de la factura de la luz o del iva de esa factura? Si fuera de la base de la factura de la luz yo puedo poner en mi cuenta deI VA SOPORTADO esa cantidad? De esta manera restar IVA REPERCUTIDO menos IVA SOPORTADO y que me salga bien el cálculo de lo que tengo que ingresar en Hacienda?
    MUCHISIMAS GRACIAS POR TU TIEMPO Y POR COMPARTIR TU SABIDURÍA.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Cristina, el 30% se calcula en tu caso sobre el 25% de la base imponible. Luego calculas el 21% de IVA y ese importe de IVA es el que puedes deducir. La forma de calcular el modelo 303 es así como comentas.
      Gracias por estar aquí!

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