Impuestos Autónomos

Ver cómo rellenar el modelo 130 siguiendo algunos ejemplos te ayudará a tener las ideas más claras. Ya verás como tanta casilla al final no es para tanto. Los ejemplos están con importes para que puedas entenderlo mejor.

Primero por si acaso, el modelo 130 solo tienes que presentarlo si eres autónomo y las facturas que emites no tienen retención de IRPF en al menos un 70%.

En plan sencillo:

  • Tienes obligación: no estás dado de alta en un epígrafe profesional y emites tus facturas sin IRPF.
  • No tienes obligación: sí estás dado de alta en profesional y las facturas que emites tienen IRPF.

Esto quizá pueda parecerte complicado. ¿Y yo qué sé si soy profesional? Para no perderte busca el modelo 036 cuando te diste de alta, así saldrás de dudas en un segundo. Si has marcado la casilla 600 tienes obligación, puedes leer más aquí.

¿Y sabes cuándo tienes que poner retención de IRPF en las facturas a tus clientes?

Si sigues leyendo descubrirás cómo rellenar el modelo 130 con ejemplos con importes, porque es la única forma de verlo más claro.

Qué tengo que calcular con el modelo 130

Antes de empezar ¿te has parado a pensar un segundo qué vas a calcular? El modelo 130 se utiliza para pagar a Hacienda el 20% de tus beneficios.

Así que de lo que se trata es de calcular si tienes beneficios o pérdidas.

Y en esto es muy importante tener las ideas claras de cuáles son los gastos que puedes deducir para intentar bajar el resultado y pagar menos.

Si además tienes una actividad exenta de IVA o tienes una tienda o comercio es cuando se te puede complicar un poco las cosas a la hora de calcular el modelo 130.

Los datos del modelo 130 son acumulados, no solo es el trimestre

Este modelo es diferente al resto. Se presenta cada trimestre, pero los datos de ingresos y gastos son acumulados.

  • 1º trimestre: desde el 1 de enero al 31 de marzo.
  • 2º trimestre: desde el 1 de enero al 30 de junio.
  • 3º trimestre: desde el 1 de enero al 30 de septiembre.
  • 4º trimestre: desde el 1 de enero al 31 de diciembre.

Por ejemplo, cuando presentes el 3º trimestre tienes que incluir los datos que ya hayas presentado en el 1º y el 2º.

¿Qué ingresos y qué gastos se incluyen en el modelo 130?

Esto es más importante de lo que te pueda parecer. Es la clave de cómo hacer el modelo 130. Los ingresos y los gastos que hay que meter en el modelo 130 no solo son los que tengan IVA. Son todos. Siempre la base imponible sin IVA, sin IRPF.

¿Qué ingresos son?

Todas las facturas emitidas: las que tienen IVA, las exentas, las de las entregas intracomunitarias, las exportaciones. Vamos que anota todas las que tengas.

¿Qué gastos son?

Lo mismo, todas las facturas recibidas de tus compras: las que tienen IVA, las exentas, las adquisiciones intracomunitarias, las de importación, todas.

Nóminas de trabajadores, Seguridad Social, cuotas de autónomos.

Más gastos sin facturas, aquí tienes 18 gastos que te puedes deducir como autónomo.

Ejemplos para rellenar modelo 130

Para que te sea más fácil. Coge tus datos, Excel o calculadora en mano, ahora empiezan las sumas y restas, cómo rellenar el modelo 130.

Mira los ejemplos cumplimentados del modelo 130 para saber cómo rellenar:

  • Negativo.
  • A pagar.
  • Resultado cero.

Si te pierdes con alguna casilla del modelo 130 mira al final de este artículo para ver de dónde salen los importes. Algunas son un pelín más complicadas y es mejor que sepas si puedes o no deducirlo.

Ejemplo modelo 130 con más gastos que ingresos

Para ver un ejemplo imagínate que tus ingresos (base imponible) son 2.400 € y tus gastos 2.600 €. Debes hacer la resta para calcular si has ganado o perdido.

2.400 € – 2.600 € = -200 €

Imaginando tienes pérdidas. No has ganado nada. Así no tienes que pagar nada a Hacienda. Por eso la casilla 04 del 20% se convierte en cero.

Y al convertirse en cero no hay nada que deducir, es decir, que restar del próximo trimestre. Para eso mira el último ejemplo.

 

Modelo 130 ejemplo mayores gastos que ingresos

 

Ejemplo modelo 130 con más ingresos que gastos

Ahora un ejemplo al revés. Imagínate que tus ingresos son 1.800 € y tus gastos 1.200 €. Hacemos lo mismo. Restar.

1.800 € – 1.200 € = 600 €

Siguiendo el ejemplo ese es tu beneficio. En el modelo 130 pagas el 20% sobre tus beneficios. Así que solo tienes que calcularlo.

20% de 600 € = 120 €

Este importe es lo que tendrías que pagar a Hacienda.

Como hay muchas más casillas mira el siguiente ejemplo.

 

Modelo 130 ejemplo ingresos mayores que gastos

 

Ejemplo modelo 130 con todas las casillas

Vamos a seguir el anterior ejemplo rellenando el resto de casillas hasta el final del modelo 130. Has visto que el 20% que te tocaría pagar son 120 €. Bueno, pues veamos si hay algo que restar y no pagar tanto.

Como el modelo 130 es acumulado desde el 1 de enero puede que en otros trimestres del año ya te ha salido a pagar. Ojo, en la casilla 07. Imagina que el anterior trimestre tenías 40 €.

Si haces retenciones de IRPF en tus facturas no se te olvide rellenar la casilla para restarlo. En el ejemplo imagínate que son 170 €.

Para que el modelo 130 salga a deducir no es por el resultado de tu actividad sino por los diferentes conceptos que puedes restar.

Sobre todo por la casilla 13 que más abajo tienes cuando se puede utilizar.

En este ejemplo al final el resultado sale a deducir los -100 € justo de la casilla 13.

 

Modelo 130 resultado cero

Si estás en el cuarto trimestre del modelo 130 y tienes resultado negativo ya no se puede compensar en el año siguiente. Tampoco puedes solicitar devolución. ¿Qué hacer con el resultado negativo del modelo 130?

Esto si tendrá en cuenta en tu declaración de la Renta. Aquí es cuando podrás pedir la devolución dependiendo de otras circunstancias tuyas personales.

 

Algunas casillas para rellenar del modelo 130 más complicadas

Aquí van algunas cosas que es mejor que tengas en cuenta de algunas casillas del modelo 130 que quizá te puedes liar.

Casilla 04: 20%.

Solo tienes que calcular el 20% del resultado de la resta de ingresos menos gastos. Si este resultado es negativo se convierte en cero. No tienes que anotar ningún importe.

Este 20% nada tiene que ver con el 7% o 15% de IRPF de tus facturas. Es IRPF, pero es otro concepto. Puedes leer ¿por qué en el modelo 130 se paga el 20% si mi retención es el 7%?

Casilla 05: Lo que ya has pagado en trimestres anteriores.

Te puede parecer sencillo pero si lo piensas te puedes quedar ahí dándole vueltas. No es el importe de la casilla final sino el de la casilla 07.

Te puede interesar leer Qué poner en la casilla 05 del modelo 130

Casilla 13: A deducir.

Aquí puedes deducir un importe adicional de gastos si cumples unas condiciones.

Si los rendimientos netos del ejercicio anterior (no te pierdas, esto es la casilla 3 del modelo 130 del 4º trimestre anterior) fueron menores de 12.000 euros entonces:

Igual o inferior a 9.000 = puedes restar 100
Desde 9.001 a 10.000 = puedes restar 75
De 10.001 a 11.000 = puedes restar 50
Entre 11.001 y 12.000 = puedes restar 25

Esta casilla 13 de la minoración del modelo 13 tiene más claves. Descúbrelas ahora.

Casilla 15:Resultados negativos de trimestres anteriores.

Si la casilla 14 es positiva entonces puedes restar el importe de la casilla 19 (el resultado final) de otro trimestre dentro del mismo año.

Sin embargo, tiene que ser inferior a la casilla 14. Esto puede parecer un poco de lío. Aunque tengas un importe a compensar no puede ser mayor que la casilla anterior. ¿Qué hacer si el importe es mayor a compensar? Dejarlo para el próximo trimestre, eso sí, dentro del año.

Si quieres puedes leer qué se pone en la casilla 15 del modelo 130.

Casilla 16: Pago préstamos vivienda habitual:

quí más despacito, si cumples con estas condiciones puedes deducirte el 2% del rendimiento neto (recuerda, la casilla 03):

  • La casilla 14 tiene importe positivo.
  • Pagas préstamo sobre vivienda habitual adquiridas antes del 1 de enero del 2013.
  • Tienes derecho a deducción por inversión de vivienda habitual.
  • El límite máximo para deducir es 660,14 por cada trimestre.
  • El importe de esta casilla no puede ser superior a la resta de la casilla 14-15. Si fuera negativo este resultado no podrás incluir ningún importe por este concepto.

 

¿Te han sido útiles los ejemplos para saber cómo rellenar el modelo 130? ¿Qué resultado te sale? ¿Te parece complicado calcular el modelo 130?

 Espero tus comentarios, cuéntame.

57 Replies to “Modelo 130 cómo rellenar con ejemplos”

  1. Hola Ana,
    Mi pregunta es si estoy obligada a presentar el modelo 130 si estoy dada de alta como actividad profesional y ahora empiezo a emitir facturas sin IRPF.
    Gracias y un saludo,

    1. Ana Tus Papeles 9 meses ago

      Hola Rosa, si estás dada de alta en epígrafe del IAE profesional y al menos el 70% de tus facturas tienen retención de IRPF no tienes obligación de presentar el modelo 130. Pero si tus clientes cambian, son particulares o fuera de España entonces tendrás que presentar el modelo 130.
      Gracias por estar por aquí!

  2. Hola Ana, de nuevo te vuelvo a preguntar ya que me toca presentar el modelo 130 del segundo trimestre. En el primer trimestre el resultado de ingresos – gastos fue negativo (-0,86), por lo que al rellenar la casilla 07 se convirtió en 0, y por lo tanto también las casillas 12, 14, 17 y finalmente la 19. La cuestión es que ahora al rellenar la casilla 15 en este segundo trimestre, me indica que debo poner los resultados negativos de trimestres anteriores, que en este caso serían -0,86, pero si miro la declaración del trimestre anterior la casilla 19 que es la que se supone que indica los resultados finales pone 0,00 (porque el resultado negativo se convirtió en 0). Mi pregunta es si a la hora de rellenar la casilla 15 debo tener en cuenta solo el resultado de la casilla 19 de las declaraciones anteriores (en cuyo caso sería 0) o los resultados negativos reales (que serían -0,86). En mi opinión deberían ser los resultados negativos reales, pero consultando la web de hacienda pone que deberíamos poner los resultados de la casilla 19 de declaraciones anteriores, por lo que tengo dudas…
    A ver si tú me puedes ayudar con eso.

    Muchísimas gracias por todo, haces una labor valiosísima.

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Sandra, los resultados negativos en el modelo 130 son eso, negativos. Y son los que pone en la casilla. La casilla 07 es lo que debe ser, que se convierta en cero porque ese no es el resultado. Es de la última casilla y si no hay resultado negativo entonces no puedes anotar nada en esa otra casilla 15 de resultados negativos porque en tu caso no lo es, es cero.
      Gracias por estar ahÍ!

  3. Buenos días, Ana

    Muchas gracias por tu blog que explica todo con tanta claridad.

    Tenía una consulta, yo estoy dada de alta en una actividad de la sección 3(artística) y emito todas mis factura con retención. Por tanto entiendo que no debo presentar el modelo 130, correcto?

    Muchas gracias de antemano.

    Un saludo.

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Sandra, si todas las facturas emitidas son con retención no tienes obligación de presentar el modelo 130. Pero si tienes marcada la obligación en la casilla del modelo 036/037 al darte de alta no te queda más remedio que presentarlo. Compruébalo antes de no presentarlo porque si no te llegará una sanción muy complicada de justificar.
      Gracias por estar ahí!

      1. Buenos días, Ana

        En datos fiscales, obligaciones sólo aparece la obligación del IVA. En el modelo 037 no marqué la casilla 600 ni 602 sólo la 609 y 650. Por tanto, no tengo que presentar el modelo 130?

        Gracias y disculpa que sea tan pesada pero quiero hacerlo bien.

        Un cordial saludo.

        1. Ana Tus Papeles 3 años ago

          Hola Sandra, la casilla que debería estar marcada es la 600 para tener obligación de presentar el modelo 130.

  4. Hola Ana, muchísimas gracias por tu blog, me parece que lo explicas todo muy claro. Es la primera vez que presento el modelo 130 ya que me di de alta en autónomos hace poco más de un mes. Al ejercer una actividad sanitaria solo debo presentar el modelo 130 ya que estoy exenta de IVA. Quería preguntarte si los gastos de la casilla 02 se refieren al importe total de cada factura o solo a la base imponible.

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Sandra, en tu caso al tener una actividad exenta los importes de los gastos van con IVA incluido, el total de la factura.
      Gracias por estar ahí!

  5. Carlos Argelagós Corrales 3 años ago

    Buenas tardes Ana,

    Muchas gracias por tus explicaciones. Una duda, al rellenar el modelo 130 estando en recargo de equivalencia entiendo que tanto en las compras como en las ventas solo aplico la base imponible? Por ejemplo:

    Factura compra mercancias = 100€ + 21€ IVA + 5,2€ recargo. En el modelo 130 como gasto solo pondria los 100?

    Factura venta = He vendido por un importe de 1000€ a particulares. En el modelo 130 pondría la base imponible 826,44€

    Es así?

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Carlos, no es así, en recargo de equivalencia los importes en compras son con IVA + recargo y en ventas por el total porque no tienes obligación de presentar el modelo 303 IVA.
      Gracias por estar ahí!

  6. Interesante articulo. Muchas gracias. En mi caso tengo una duda que quizás es un poco obvia. Empecé el año dado de alta como autónomo y en los meses de febrero-marzo estube dado de baja, después me volví a dar de alta para el 2o trismestre.
    Así que hice el 130 del 1r, 2o y 3r trimestre. Ahora estoy con la del 4o. ¿Los datos son acumulativos desdel 1r trimestre? ¿Aunque haya estado dado de baja enmedio? Si es así puedo compensarlo en la declaración del 4o trimestre?

    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Eduardo, aunque te hayas dado de baja y luego de alta incluye todo el año. Del 4T es de donde saldrán los datos para tu declaración de la Renta.
      Gracias por estar ahí!

  7. Hola Ana, qué bien explicas todo, gracias!…. en mi caso la duda viene porque otro autónomo que me prestó un servicio, me ha avisado de que en sus datos fiscales no le consta que yo haya declarado e ingresado la retención el pasado 4T y como he tenido más gastos que ingresos, me ha salido negativa el 130. Puedo subsanar esto de alguna manera en este primer trimestre? gracias.

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Eva, creo que tienes una confusión. El modelo 130 no tiene nada que ver con que a ese otro autónomo no le hayas salido en sus datos fiscales. Tenías que haber presentado el mod 111 del trimestre correspondiente y pagar la retención de esa factura. Luego en enero presentar el mod 190 anual informativa. justo de aquí es de donde tira Hacienda para sacar ese tipo de datos. Ahora la única solución es presentarlos fuera de plazo.
      Gracias por leer el blog!

  8. Enhorabuena por el post, es el que está mejor explicado de todos los que he visto. Ya me he suscrito a tu newsletter 🙂 Tenía un par de dudas:

    – En mi caso el año anterior no era autónomo así que no sabía que poner en la casilla 13 pero en otro post tuyo (muy claro también) dices «Si no tenías actividad como autónomo el año pasado entonces no existía rendimiento. Se considera que es cero. En este caso podrás aplicar la minoración de los 100 euros.» Así que ya está respondida 🙂

    – La otra duda es que tenía entendido que durante el primer año de autónomo el IRPF es del 7% no del 20% (que es lo que hay que calcular en el modelo 130). ¿Esa diferencia luego la devuelve hacienda al hacer la declaración de la renta o tengo que indicar en algún sitio que es mi primer año de autónomo para que me apliquen el 7% y no el 20%?

    Muchas gracias.

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Diego, gracias por suscribirte y tenerte por aquí! Me parece que tienes confusión de conceptos. El 7% es la retención de las facturas que emites a tus clientes. El 20% es lo que pagas en el modelo 130 por tus beneficios. Son cosas diferentes. No te tienen que devolver ninguna diferencia porque no existe tal y como imaginas.
      Si necesitas hacer el modelo 130 mira arriba en el menú Tus Impuestos. Por muy poco consigues seguridad y lo tienes calculado y presentado.
      Gracias de nuevo!

  9. Hola Ana. Me surge una duda con la casilla 05: supuestamente tengo que poner los importes positivos de la casilla 07 menos la suma de los importes de la casilla 16 de los trimestres anteriores. Hasta ahí bien… ¿pero qué pasa si este trimestre la casilla 07 me da positiva pero la declaración me sale negativa al deducirme los 100 euros por la «minoración por aplicación de la deducción»? Para el trimestre que viene, no sé si en la casilla 05 tendría que incluir la casilla 07 de la declaración actual o no, ya que ésta era positiva, pero la declaración me salió negativa, con resultado a deducir…Muchísimas gracias por tu ayuda!

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Ruth, aunque el resultado final haya sido negativo en trimestres anteriores se pone la casilla 07 menos la 16. Lo de los 100€ es algo que afecta a la tu declaración de la Renta no al modelo 130.
      Gracias por estar ahí!

  10. Hola! Buen blog!
    Mi duda es que haciendo el 2do trimestre pongo en la casilla 1 los ingresos, en la 2 los gastos. En la casilla 6 la retención pertinente y en la 13 la opción de 100.

    Los gastos son más altos que los ingresos en este segundo periodo.

    Señalar que en la anterior declaración 130 del primer trimestre por lapsus mío al no tener ingresos la validé como resultado cero sin actividad. (Era la primera vez que la hacia) pero sin poner los gastos que sí que tuve.

    El caso es que relleno todas las casillas y me sale el famoso error 3900 y ya no sé qué hacer para que se valide.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Miguel, sin verlo no puedo ayudarte. Algo debes estar poniendo en las casilla que no te deja validar. Desde comentarios poco puedo hacer más.
      Entra en Tus Impuestos (arriba) y por muy poco lo tienes calculado y presentado.
      Gracias por estar aquí!

  11. Tengo algunas «facturas de ali pres» la duda es si puedo incluirlas como gasto en el 130, al venir la factura sin DUE y sin IVA.
    Me da miedo que no tengan validez.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Oscar, puedes deducir las facturas si están a tu nombre y están relacionadas con tu actividad. Como es lógico en ese caso van sin IVA.
      Gracias por estar aquí!

  12. Patricia 5 años ago

    Hola Ana. Tengo una duda, estoy haciendo el 130 del 2T y en la casilla 07 del 1T tengo un resultado positivo, sin embargo por deducciones finalmente no me salió a pagar. Tengo igualmente que poner ese valor dela casilla 07 en la casilla 05 del presente trimestre o no funciona así?

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Patricia, la casilla 05 no tiene nada que ver con lo que comentas. Veo que tienes dudas que son básicas, algo muy normal. Si necesitas más ayuda entra en Tus Impuestos porque puedes resolverlo por muy poco. O en Ayuda Express.
      Gracias por estar aquí!

  13. Hola Ana,
    Lo primero darte la enhorabuena por el blog y agradecerte la ayuda tan útil que nos prestas. Llevo unos meses como autónomo y tengo la siguiente duda, espero que me puedas ayudar. En el 1T en la casilla 07 del modelo 130 me sale un importe en negativo. Entonces, por ejemplo, para el 2T, en la casilla 05 que indica «De los trimestres anteriores: suma de los importes positivos de la casilla 07 menos la suma de los importes de la casilla 16», tengo que poner ese resultado en positivo, o no poner nada, al ser un valor negativo.
    Muchas gracias por adelantado.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Javier, las primeras veces del modelo 130 no son fáciles. En la casilla 05 se pone si algún trimestre anterior dentro del mismo año te ha salido a pagar. Si el resultado era negativo como comentas va a la casilla 15 siempre que el importe de la casilla anterior (la 14) tenga un importe positivo.
      Si necesitas más ayuda mira en Ayuda Express que te va a sacar de todas las dudas. Gracias por estar por aquí!

      1. Muchas gracias Ana, me ha quedado todo muy claro.

  14. Hola.
    ¿Puedo incluir en la declaración de la renta gastos que no había declarado en el Modelo 130? Sobre todo facturas que han aparecido posteriormente

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Gema, en la renta puedes incluir gastos que no hayas declarado en el modelo 130. Lo que pasa es a Hacienda no le va a cuadrar y pueden pedirte justificantes. También puedes incluir las facturas para deducir el IVA en este 1T e incluirlas en el 130.
      Gracias por estar aquí!

      1. Gracias Ana!!
        Pensaba que el Modelo 130 sólo se podían incluir gastos correspondientes al ejercicio natural, no que también se podían declarar en el Modelo 130 del ejercicio siguiente.
        Por cierto, una última pregunta ¿Puedo incluir en el Modelo 130 lo pagado en el Modelo 309 correspondiente al VA y R.E. de compras intracomunitarias?
        Un saludo,

        1. Ana Tus Papeles 5 años ago

          Hola Gema, piensas bien. Lo suyo es meterlo en el año. El pago del 309 no se considera como un gasto deducible.

          1. Muchísimas gracias por tus respuestas!!

      2. Hola una pregunta me echo nuevo autono empresarial estimación directa simplificada,la pregunta es si el 1 trimestre pago 300€ de IRPF,y el 2 trimestre’ tengo k pagar 400 solo tendría k pagar 100 o los 400?esque cada uno me dice una cosa diferente,gracias

        1. Ana Tus Papeles 2 años ago

          Hola Mateo, habría que ver de donde sacas ese resultado. Como el modelo 130 es acumulado hay que restar lo que has ido pagando de trimestres anteriores, la suma de las casillas 07 que sean positivo. Si esos 300€ son de esa casilla del 1T entonces sí que puedes restarlo y lo que tendrías que pagar son 100€ en el 2T siempre que los datos que estés manejando sean acumulados y no del trimestre. De todas formas desde un comentario es algo complicado resolver dudas, pásate por Ayuda Express (arriba en el menú).
          Gracias por estar por aquí!

  15. Hola Ana, tengo una duda que no he podido resolver en todo internet, si tú no puedes ya lo dejo por imposible. En mi caso, soy autónoma reciente (alta en abril de 2018) y en el 037 marqué «BAJA» en la casilla 600.

    El 2T y el 3T envié el 303 a cero y marcando «Sin actividad». Esto significa que nadie me obliga a enviar el 130, pero también que los gastos de esos trimestres no serán deducibles.

    Para el 4T quiero volver a enviar el 303 a cero, pero esta vez sin marcar «sin actividad» ya que sí quiere que los gastos del 4T computen (gastos sin IVA claro, como la cuota de autónomos)

    Y ahora la gran duda: ¿tengo que enviar el 130 si envío un 303 sin marcar «sin actividad» sabiendo que en la casilla 600 del 037 me declaré como no obligada?

    Y aunque la respuesta fuera «no estás obligada», ¿me convendría igualmente enviarlo por si acaso no me lo reclame Hacienda después?
    ¿O sería «ilegal» enviar el 130 estando en baja en la casilla 600 del 037?

    En fin, qué lío! Me quedo tu página en marcadores, cuando tenga más actividad serás mi primera opción de asesora.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Adri, creo que le estás dando vueltas a algo que es más sencillo. Si has marcado la casilla 600 de baja del 130 estás quitando la obligación de presentar el modelo 130. Con lo cual a partir de la fecha que hayas puesto ya no hay que presentarlo.

      El que hayas presentado el 303 con o sin actividad no tiene nada que ver con el modelo 130. Son dos impuestos diferentes. Lo que me imagino que te está liando es el sin actividad del 303. Pero piensa que el 130 aunque es trimestral, es acumulado así que tendría que ser siempre desde el 1 de enero.

      Por otro lado aunque el 303 esté sin actividad siempre hay unos gastos que son deducibles para el 130 que nunca se reflejan en el 303. Por ejemplo la cuota de autónomos que pagas tengas o no actividad justo ese trimestre.

      La respuesta a tu gran duda está en la fecha en la que diste de baja la obligación del 130. A partir de ese momento ya no presentas el
      130. Pero para esto revisa muy bien, con mucha calma, en qué epígrafe de actividad estás dada de alta. Si estás dentro de un epígrafe empresarial tienes obligación. Aunque pongas la baja Hacienda luego te enviará una notificación no admitiéndolo y llegarán los problemas. Porque una cosa es lo que tú quieres y otra cosa es lo que debe ser.

      Piensa también, ¿has presentado algún modelo 130 en el año? Por lo que comentas, no. Así que si has quitado la obligación y estás en un epígrafe profesional no tendrías que presentarlo. Si lo presentas sin tener obligación es irregular, errores leves, pero no pasa nada. Eso sí, estarías dando de alta de nuevo la obligación y tendrías que presentarlo para el siguiente trimestre.

      Gracias por tenerte aquí y seguir el blog!

      1. Gracias Ana! Que bien te explicas. No te imaginas la de sitios en internet (todos copiados unos de otros por cierto) que te dicen que si presentas un 303 sin marcar «sin actividad» entonces estás obligado a enviar un 130.

        Yo estoy en el epígrafe 763/2, Programadores de informática, es de tipo profesional y nunca he enviado un 130. Todo aclarado.

        ¡Mil gracias!

  16. Buenos días, suuuuperútil tu blog, muchísimas gracias!
    Te quería consular por favor, que le estoy presentando a mi mujer los impuestos y por ser algo inexperto hemos presentado correctamente los 303 y 390 pero no los 130, por lo que tengo que presentar ahora atrasados el 130 2T y 3T, y dentro de plazo el 4T. He leído arriba que el 4t es el importante y se puede acumular. ¿te referías sólo a modificaciones?, ¿o sino he presentado el 2t ni 3T puedo presentarlo todo en el 4T sin que tenga sanción?
    De momento está practicando con materiales y no tiene ingresos ni gastos, sólo las facturas de las compras de los materiales, por lo que saldrá negativo.
    Gracias!!

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Arturo. el 4TT del modelo 130 es el más importante pero esto no quita para que no tengas obligación de presentar los anteriores. Siempre es acumulado. Cada trimestre tienes que coger desde el 1 de enero. No solo para modificaciones. Por lo que dices solo tiene facturas de compras de materiales. Esto se considera gastos aunque comentes que no tiene. Lo raro es que hasta ahora no hayas recibido ninguna notificación por la no presentación del 130. Si los presentas antes de que te lo comuniquen la sanción será menor.
      Gracias por estar aquí!

  17. Primero agradecer la labor social que haces, conozco muchos blogs pero ninguno como este.
    Tengo una pequeña tienda de ropa de danza, estoy en recargo de equivalencia. Voy a presentar el modelo 130, ya se que debo incluir el iva como gasto ya que para mi, así lo es (no presento el 303). Pero, aquí viene la complicación, al comprar cosas fuera de España, no pago el iva en el momento, pero luego tengo que presentar el modelo 309, con todo el iva y el recargo de equivalencia que no he pagado en mis compras en el extranjero. Siguiendo la forma de pensar de que el IVA para mi es un gasto, puedo incluir el dinero que pago en el 309 como un gasto a la hora de presentar mi modelo 130? espero haberme explicado, es un poco lioso todo.
    infinitas gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Manuel, te entiendo, en el modelo 130 en tu caso puedes incluir el importe por el total. Pero el 309 no se considera como un gasto.
      Gracias por tenerte por aquí!

  18. Hola Ana. Estoy ayudando a mi marido a realizar el modelo 130. El primer trimestre del 2018 lo realizó una gestora pero el 2T y el 3T lo hizo mi marido y por desconocimiento no acumuló el del 1T. Como puedo arreglarlo en el 4T?
    Agradezco de antemano cualquier ayuda.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Lilian, puedes incluir todo en el 4T, ingresos y gastos desde el 1 de enero. Podrías intentar rectificar esas declaraciones presentando escritos si el resultado final hubiera sido menos a tu favor o complementaria si fuera al revés, más a favor de Hacienda. Pero esto lleva recargos y a veces sanciones. Quizá podrías acumular todo en el 4T. Este es el trimestre importante que como autónomo se verá reflejado en la Renta.
      Gracias por estar aquí!

  19. Hola! Muchas gracias por la información, es una de las páginas más claras que he consultado.
    Solo me queda la duda de la casilla 13, ya que en el trimestre anterior (ultimo de 2017) no tuve actividad y era mi primer trimestre como autónoma (es decir nunca he tenido ingresos de ningún tipo, salvo este primer trimestre de 2018). Además no planeo tener más ingresos durante el año porque ha sido un trabajo puntual (ya estoy dada de baja). Entiendo que lo puedo considerar como ingresos inferiores a 9000 y deducirme 100?
    ¡Muchas gracias!

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Marta, en la casilla 13 si es el primer trimestre que presentas haces un cálculo de los ingresos previstos. Entiendo que son inferiores a 9.000 y podrías deducir los 100€?

  20. Gracias por tu sencilla info. Donde me pierdo es en la casilla 13 ya que este es el primer trimestre que presento este impuesto, con lo cual no puedo compararlo con el último trimestre presentado. Hasta ahora no he estado obligada.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Mery, tendrás que mirar los ingresos que tuviste el año pasado aunque no estuvieras obligada a presentar el modelo 130.

  21. Hola Ana,
    tengo 2 dudas que te agradecería que me aclararas, una es con respecto a la casilla 13, estoy dada de alta desde diciembre de 2017 por lo tanto este primer trimestre de 2018 es mi primer trimestre con actividad, ¿¿ en la casilla 13 tendría que poner 100??, puesto que el anterior trimestre fue sin actividad = O, o ¿¿no se pone 100??.
    Y la otra duda es en relación a la casilla 16 la de la vivienda, yo no tengo préstamo sobre vivienda habitual ni inversión de vivienda habitual ni nada de eso, entonces esta casilla ¿no la tengo que rellenar directamente?
    Gracias por la ayuda. Un saludo.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Davinia, en la casilla 13 tendrás que calcular aproximadamente los ingresos del año y guiarte de la tabla que figura en el post. Tanto la casilla 13 como la 16 no es obligatorio rellenar. Son deducciones que puedes aplicar.
      Si es tu primer trimestre es normal estar un poco más perdida.

      1. Gracias pero me surge otra duda,
        si no relleno la 13 y la 16, tampoco podría rellenar la 14, 15, 17, 18 y 19 o si??

        1. Ana Tus Papeles 6 años ago

          Hola Davinia, puedes rellenar el resto de casillas. Si tienes más dudas entra en Ayuda Express.

  22. Hola Ana, llevo ya 5 años de autónomo (psicólogo) y hasta ahora mis facturas con retención superaban el 70% pero este año anterior, los ingresos con retención son un 68,25%, ¿Tengo que hacer modelo 130?. En caso que la respuesta sea positiva, dudas:
    – como gastos puedo meter la base imponible del alquiler del despacho profesional y la cuota de autónomos?
    – en caso que en este año 2018 los ingresos con retención en factura vuelvan a superar el 70%, ¿estaría de nuevo exento de hacer el modelo 130 en el 2019?
    – ¿en la casilla 13 puedo poner 100 si en cualquiera de los trimestres anteriores (aunque no hiciera modelo 130) me he quedado lejos de los 9000 euros?
    Muchas gracias de antemano y un saludo

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Oscar, si las facturas no superan el 70% tienes obligación de presentar el modelo 130. Si tienes más dudas pasa por Ayuda Express
      Gracias por estar por aquí!

  23. Hola Ana, gracias por esta guía.
    Soy autónomo desde hace poco tiempo como profesor de enseñanzas oficiales (no tengo IVA) y al rellenar el modelo 130 del IRPF tengo la duda de una serie de gastos en los que no se si meter sólo el VA o el importe con IVA, como es el caso de los gastos relacionados con la actividad como es un disco duro, un congreso que voy a asistir, ropa, factura de teléfono y un portátil.
    No se si serán dudas tontas, lo siento si es así y gracias de todos modos

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Oscar, nunca hay dudas tontas. Los importes del modelo 130 son todos siempre por la base imponible, sin IVA ni IRPF.
      Por tu comentario veo que tienes algunas dudas que pueden hacer llevarte al error sin darte cuenta. No todos los ejemplos que pones se consideran gastos.
      Si necesitas Ayuda pásate por Ayuda Express. Podrás tirar hacia delante quitándote el problema de encima.
      Gracias por estar por aquí!

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