Impuestos Autónomos

Presentar cualquier impuesto fuera de plazo es fácil. Es igual que si estuvieras dentro del trimestre. Lo mismo que cualquier otro impuesto. Solucionarlo es sencillo, pero lo malo es que lleva sanciones. Sigue leyendo para ver qué puedes hacer.

Si estás leyendo esto es por uno de estos dos motivos. El primero es una confusión tuya, el segundo es realmente un fuera de plazo.

  • Te está saltando en la página de Hacienda mensaje de fuera de plazo.
  • Sabes que estás fuera del plazo de vencimiento.

Salta mensaje de fuera de plazo en la página de Hacienda

¿Sabes cuáles son los plazos de vencimiento de impuestos?

Ya, no lo des por obvio porque quizá no sabes que si te sale a pagar y quieres domiciliarlo tienes que hacerlo 5 días antes.

Por mucho que entres a día 20 e intentes presentar el impuesto que sea domiciliado, te saltará un aviso de fuera de plazo y no te dejará presentarlo.

Ahí seguro que te vuelves loco. Y hasta perderás los nervios. ¿Cómo puede ser si es hasta el día 20? Y acabarás por no entender nada.

Pero, ¿sabes?, no está fuera de plazo. Lo que te está pasando simplemente es que no puedes domiciliarlo.

Para eso tenías que haberlo hecho 5 días antes.

¿Qué hacer?

Puedes hacer la presentación solicitando NRC. Hasta el mismo día 20.

Y listo, solucionado, presentado y en plazo.

Estoy fuera del plazo del vencimiento

Presentar fuera del plazo de vencimentoClaro que si realmente el impuesto que sea está fuera de plazo, entonces es cuando es mejor que te pares a pensar un momento.

Espera que ya te veo haciendo clic en enviar y presentar.

Estas cosas hay que tomárselas sin prisa, pero sin pausa, más que nada porque supone dinero de sanciones.

¿Te ha llegado una notificación de Hacienda? ¿O te has dado cuenta tú mismo? ¿Es después del vencimiento tan solo unos días? ¿O es de hace, no se sabe cuánto tiempo? ¿El resultado es a pagar o es negativo?

Aunque la respuesta sería preséntalo cuánto antes, mejor ver la situación. Ya sabes que esto lleva sanción por fuera de plazo por cada impuesto no presentado. Si el resultado es a pagar, lleva intereses de demora.

Vamos, que al final se pone en una pasta. Así que sigue leyendo, no queda otra.

Más abajo tienes cómo presentar el IVA fuera de plazo o cualquier modelo 130 fuera de plazo.

Qué sanción de Hacienda lleva presentar fuera de plazo

Qué sanción tiene presentar fuera de plazoAntes de seguir y sabiendo que estás a punto de un ataque de nervios, aclarar el tema de las sanciones.

El recargo y/o sanción depende de tres factores:

  1. Si Hacienda te ha enviado notificación o si te has adelantado tú.
  2. El tiempo que ha pasado desde el último día del plazo del vencimiento.
  3. Del resultado si es pagar, negativo o informativa.

¿El resultado es a pagar?

Mira las dos posibilidades:

  • Te has adelantado y Hacienda NO te ha enviado ninguna notificación sobre la falta de presentación.

Entonces te pondrán un 1% de recargo sobre el resultado más otro 1% por cada mes que haya pasado. Aquí está la clave del tiempo que ha pasado. Si es un importe no muy alto y ha pasado poco tiempo, será un recargo pequeño. Si no el importe se elevará. Y lo mejor es que no hay sanción.

Si ha pasado más de un año, el recargo sube al 15% a partir del mes 12.

Una cosa importante, este recargo se puede reducir un 25% si lo pagas en la fecha que te indiquen.

  • Hacienda SI te ha enviado la notificación reclamando la presentación.

La cosa se complica. Hacienda te pondrá una sanción que va como mínimo sí o sí del 50% al 150% dependiendo de si lo de no presentar en plazo no es algo habitual.

Y además te pondrá otra sanción más del 10% por perjuicio económico. Total que como mínimo la sanción por fuera de plazo será del 60%.

Esto se puede reducir en un 30% si aceptas y estás conforme con la sanción. Y te puede añadir otra reducción más del 40% si lo pagas en el plazo que te indiquen.

¿El resultado es negativo?

Entonces te pondrán directamente una sanción por fuera de plazo de 200 euros por cada impuesto no presentado.

Al igual que antes, también podrás acceder a una reducción del 50% si lo pagas en las fechas que te digan en la notificación cuando la recibas.

¿No hay resultado porque es informativa?

Aquí el tema se complica aún más. Te pondrán directamente la sanción. Nada más ni nada menos que 20 € por cada dato no declarado que hagan referencia a la misma persona.

El problema es que si no tienes datos en la declaración informativa o no llegas al mínimo, la sanción siempre será de 300 €. Así que excepto si tienes un montón de datos sin declarar acabarás pagando esa sanción.

Como en las situaciones anteriores, también podrás tener una reducción del 40% si lo aceptas y lo pagas cuando te dicen.

¿Te has dado cuenta de que tienes un impuesto sin presentar?

Te has dado cuenta que tienes un impuesto sin presentarSi Hacienda no te ha enviado una notificación y te has dado cuenta por ti mismo, entonces hay que pensar otra vez en lo que puedes hacer.

Desde el 2021 los recargos y sanciones han cambiado mucho, lo que permite que errores de presentación por fuera de plazo sean menos altos que antes.

Es muy difícil que Hacienda no se dé cuenta de que no has presentado algún impuesto. Es bastante raro. Excepto si dan circunstancias que quizás lo hagan más difícil.

¿Se te ha pasado el plazo unos días de este trimestre? ¿O es de hace meses o incluso del año pasado? ¿Es un solo impuesto o varios?

Te lo digo porque si es de hace muy poco entonces preséntalo antes de que llegue el requerimiento. Como has visto hay recargo pero no sanción.

Si es solo un impuesto que se te ha pasado, vete tú a saber por qué razón que a todos nos pasa, entonces preséntalo cuanto antes.

Pero si es más de uno, vamos que te has dado cuenta de que te faltan varios trimestres por presentar, entonces párate a pensar un momento. Desde luego si no lo presentas te puedes encontrar con que Hacienda te envíe notificaciones y ahí todo se complica.

¿Has recibido una notificación de Hacienda?

Has recibido notificación de HaciendaAquí es donde todo es diferente. ¿Por qué te preguntarás?, porque si te han enviado ya una notificación es que Hacienda ha detectado antes que tú que falta ese impuesto por presentar.

Lo cual significa que la sanción no te la quita nadie, lee arriba. Siento la noticia.

Lo único que puedes hacer es presentarlo y contestar al requerimiento. Tienes 10 días para hacerlo, cuenta bien los días. Luego la Agencia Tributaria te enviara otra notificación más adelante con la sanción y recargos.

Si es el resultado es a pagar, además te dirán que tienes que pagar el recargo. Ahora ya puedes tirarte de los pelos que no es para menos.

Ten cuidado con los impuestos que te crees que ya no tienes obligación

Impuestos que te crees que ya no tienes obligaciónSeguro que tienes controlado el modelo 303 IVA o el 130 IRPF.

Pero quizá por ejemplo resulta que habías recibido alguna factura con IRPF y has presentado el modelo 111 en otro trimestre. Como ahora ya no tienes, pues no me extrañaría que pensaras que ya no tienes que presentarlo.

Pues no. Tendrás que seguir haciéndolo.

¿Cómo?, ¿si ya no tengo esas facturas, qué datos pongo?, no pongas nada, todas las casillas en blanco, a cero, todo a cero.

Presenta todos los trimestres. Lo que tendrás que hacer es presentar un modelo 036 dando la baja de obligación del impuesto que sea. No sabes lo mal que sienta que te pongan una sanción por un impuesto con todas las casillas en blanco

Cómo presentar un impuesto fuera de plazo

Cómo presentar un impuesto fuera de plazoPresentar un impuesto fuera de plazo lo puedes hacer de la misma forma que si estuvieras dentro del trimestre. Lo único que varía si lo haces por Internet es la forma de pagar el IVA fuera de plazo, bueno, y cualquier impuesto.

Si lo presentas en papel es igual que si es dentro del plazo.

Pagar IVA fuera de plazo por Internet o cualquier otro impuesto

La única diferencia con el IVA o cualquier otro impuesto que estuviera dentro del plazo es la forma de pagarlo. Al estar fuera de plazo, el único modo de pagarlo es con NRC. Todo porque es imposible domiciliarlo después de vencido el día

Al ser autónomo también puedes pagarlo y presentarlo en el banco en papel. Tendrás que entrar también por la página de Hacienda para rellenar formulario de predeclaración. Pero si quieres evitarte paseos mejor hacerlo por Internet.

¿Cómo se hace?

  • Necesitas tu certificado digital o cl@ve PIN.
  • Cuando vas a presentar el impuesto que sea siempre te saldrá la forma de pago, sea dentro o fuera de plazo, el formulario es el mismo.
  • Selecciona Ingresar.
  • Automáticamente, aparecerá para poder obtener el NRC.
  • De esta forma Hacienda conecta con tu banco, se realiza en pago y puedes obtener el código del NRC.

 

Presentar IVA con NRC
Presentar IVA con NRC

 

  • Si no tienes certificado digital puedes pagarlo desde la web de tu banco o ir directamente a la sucursal.
  • Cuando tengas el NRC presenta el impuesto. Si ya no lo tienes en pantalla tendrás que rellenar otra vez todos los datos.

 

¿Tienes algún impuesto sin presentar? ¿Te ha llegado una notificación de Hacienda? ¿Sabes qué hacer?

 Cuéntame, sabes que me encanta oírte, espero tus comentarios.

14 Replies to “Tengo que presentar un impuesto fuera de plazo ¿qué hago?”

  1. Hola!
    Muchas gracias por la información que brinda este espacio.
    Me di de baja en el 037 en enero, pero entiendo que me corresponde hacer el 303 del primer trimestre, aunque no he tenido actividad . El caso es que con todos los festivos de por medio, lo he presentado un día fuera de plazo, es decir, con un día de retraso. ¿Recibiré igualmente la multa? ¿Hay alguna forma de reducirla?
    Muchas gracias por tu atención! Un cordial saludo

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Rosa, esas cosas pasan. Este trimestre ha sido un poco raro de fechas de vencimiento. Si en tu provincia ha sido fiesta hoy martes 23 no está fuera de plazo. Si no el plazo fue ayer lunes 22. Pero si te has anticipado y lo has presentado ya el recargo es mínimo. Va en función del importe y del tiempo que ha pasado. Recibirás una notificación que si además lo llevas a pagar en los días que te indican te hacen una reducción.
      Gracias por estar aquí!

  2. Hola! A ver yo me he quedado con algo que se menciona en el artículo y que apenas aparece en otras webs que he consultado, por lo que os lo agradezco, aunque me saltan preguntas. ¿Cómo es eso de que puede que no lo detecte Hacienda? ¿Existe un tiempo límite para eso y que ya no recibas, por tanto, el requerimiento de liquidación?

    Un ejemplo: deberías haber liquidado impuestos de una factura de abril, otra de mayo y una última de junio 2018 porque realizaste trabajos puntuales esos meses, pero se te pasa, te das cuenta ahora pero en todo este tiempo no has recibido ninguna carta de Hacienda. ¿Podría llegarte con su correspondiente sanción todavía o ‘ya es historia’?
    Gracias de antemano y saludos!

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Iván, el ejemplo que comentas no tiene nada que ver con no haber presentado un impuesto. Es diferente. Por lo que te entiendo en el ejemplo hay unas facturas emitidas sin declarar. Eso Hacienda es difícil detectarlo. En todo caso por el importe si van al modelo 347 o en caso de inspección. Es obligatorio declarar las facturas de ingresos en el ejercicio que corresponda. Estarás con ese problema hasta que lo regularices. Es una decisión personal.
      Gracias por leer el blog!

  3. Verónica 5 años ago

    Hola! Me encanta esta página! Felicidades!
    He presentado el 390 del año 2018 fuera de plazo, en negativo o informativo (me di de baja en abril). Quiero pagar a hacienda lo que corresponda para evitar la sanción. Lo estoy intentado telemáticamente pero no me sale por defecto el importe a ingresar, ¿Es eso normal? ¿cuál sería en este caso? Gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Verónica, el modelo 390 es una declaración informativa, no sale nunca a ingresar. Como es fuera de plazo después de presentarlo tendrás que esperar a que Hacienda te envíe una notificación.
      Gracias por tenerte por aquí!

  4. Elizabeth 5 años ago

    Hola! quería hacerte una pregunta sobre cuándo se ingresan los recargos cuando has presentado fuera de plazo el impuesto trimestral. Mi caso es que se me pasó el pago del segundo trimestre, no me dí cuenta que mi asesor no me lo había mandado hasta que hacienda me envió la notificación.
    Inmediatamente fui al banco y lo pague. Pero no me cobraron ningún tipo de sanción o recargo.
    Estoy preocupada porque aún no he recibido carta ninguna sobre este tema, y me gustaría saber cuánto tiempo suele tardar en notificar los recargos que hay que pagar. Ya que no quiero que se me pase, y tener que pagar más aún.
    Gracias. Un saludo.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Elisabeth, no hay un plazo para que te llegue el recargo. Puede ser inmediato o tardar meses. Lo que puedes hacer para agilizarlo y que el recargo no sea mayor es solicitar una carta de pago. Puedes hacerlo por Internet si tienes certificado digital o cl@ve Pin. O ir físicamente para que te lo den. Con ese documento vas al banco y se queda solucionado.
      Gracias por estar aquí!

  5. Cristina 5 años ago

    hola. Cesé mi actividad como autónoma en 2016 y empecé a trabajar por cuenta ajena. No sabía que tenía que darme de baja en el 036. Me han notificado de hacienda indicando que han detectado que no tengo actividad y que me dan de baja de oficio en el censo. Pero ya automáticamente me ponen cese en el año 2017, yo en esta última declaración, no he presentado nada de impuestos puesto que ya estaba trabajando en empresa. Ya me ha llegado la carta de que dan por cesada mi actividad a fecha 31 de diciembre de 2017 y me preocupa que ahora me manden sanción por no haber presentado nada en esta última declaración ¿Crees que debería hacer algo?

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Cristina, es complicado. Me imagino la preocupación. Si presentas ahora todas las declaraciones de cada trimestre del 2017 son fuera de plazo y las sanciones te llegarían súper rápido. Si no haces nada más puede que te lleguen las notificaciones pidiéndote esas declaraciones. No puedo decirte mucho. Es una decisión más personal. En cualquiera de los dos casos existirá la posible sanción.
      Siempre se dice que es menor si te adelantas pero esto depende de cada uno porque se traduce en dinero.

  6. He cesado mi actividad en Diciembre 2014 con todos los trimestres de IVA mod. 303 y mod. 390 presentados. No obstante me llega notificación de Hacienda me reclama mod. 390 del 2015, dado que he estado de alta hasta febrero de dicho año, pero no he presentado ningún trimestre en 2015 y solo cobré una factura de 50€ (10€ de IVA) en enero del 2015. ¿Qué debo hacer y como cubro el mod. 390?
    ¿Por qué si indico dicha factura me sancionarán al no presentar el trimestre? ¿o presento el mod. 390 con ingresos y gastos a cero?

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Pedro, si has cesado actividad en febrero tendrías que haber presentado el 1T de ese año y el 390, el resto de trimestres ya no tenías obligación. Te reclaman el mod 390 precisamente por eso. Porque has estado de alta dos meses. Lo raro es que no hayas recibido notificación por el 303, quizá llegue más tarde. El 390 presentado ahora ya lleva sanción por fuera de plazo. Quizá presentarlo con todo a cero solucione el 303 pero no quita para que lo recibas en un tiempo. Si fuera así tendrías que seguir el mismo concepto.

  7. Hola, me ha llegado una carta de Hacienda dándome de baja de una actividad profesional en la cuál nunca tuve ingresos, todo era a cuenta 0€ producto de una entrevista que me obligaban a darme de Alta, cuándo vi de qué iban directamente no fui más. Total, hoy he ido a Hacienda y resulta que debo pagar esos impuestos ( M303) del 2014 y 2015 y el Resumen Anual de los mismos ¿Qué debo hace? No me ha llegado nada de sanción. Gracias.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Lola, no se puede hacer nada. Si no te diste de baja en su día y no has presentado esos impuestos aunque todas las casillas fueran a cero lleva sanción. Si dices que no tenías ingresos no cuadra que esos modelos salieran a pagar, debe ser sanción.

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