Impuestos Autónomos

Rellenar el modelo 349 es sencillo. Si has realizado ventas o compras a clientes o proveedores de la Unión Europea debes utilizar el modelo 349. Es una declaración informativa. Sigue los pasos para rellenar y presentar el modelo 349.

Actualizado 2020

Para qué se utiliza el modelo 349

En el modelo 349 se declaran las operaciones intracomunitarias.

Si has realizado ventas a clientes o has comprado algo en la Unión Europea entonces debes rellenar y presentar el modelo 349. Solo es una declaración informativa, no tienes que pagar nada.

Pero solo debes presentarlo si estás dado de alta como operador intracomunitario en el ROI. Sigue leyendo y mira cómo funciona.

A veces te vas a encontrar con que recibes una factura intracomunitaria con IVA. Lee aquí esto que va a interesar. Te va a hacer dudar y mucho. ¿Esto va al modelo 349? ¿Se puede deducir ese IVA?

Qué es una operación intracomunitaria

En plan super resumen para no liarte una operación intracomunitaria es cualquier venta o compra realizada a una empresa o profesional de un país miembro de la Unión Europea.

Si el destinatario de la factura es un cliente persona física no entra dentro de las operaciones intracomunitarias.

Para poder emitir facturas y realizar compras de este tipo de operaciones es obligatorio que te des de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios ROI. ¿Qué significa? Conseguirás un NIF-IVA que te identificará.

A quien estás vendiendo o comprando tendrá que estar también dentro del mismo Registro. A esto se le llama identificar en el VIES. ¿Sabes cómo averiguar si tu cliente o proveedor está dentro del Registro? Es fácil.

Ten en cuenta que no todos los países de Europa pertenecen a la UE. Si te surge la duda consulta en la página de Internet. Por ejemplo Suiza.

¿Qué pasa con estos países europeos que no pertenecen a la Unión Europea?

Pues que son exportaciones. Así que por lo que a ti te interesa saber y no liarlo más de momento olvídate. Son como facturas a países extranjeros fuera de la Unión Europea.

Solo hay que rellenar y presentar el modelo 349 cuando tienes operaciones. Si no nada, no lo presentas. No funciona como otros impuestos.

Acuérdate que lo que declares en el modelo 349 también tienes que ponerlo en el modelo 303. Ya lo sé, un absurdo. Pero si no coincide exactamente al céntimo es cuando vienen los problemas con Hacienda.

Aquí tienes cómo rellenar el modelo 303 aunque no tengas ni idea.

Sigue y verás cómo rellenar y presentar, como si fueran las instrucciones del modelo 349 paso a paso.

Qué documentos hacen falta para rellenar el modelo 349

Qué documentos hacen falta para rellenar el modelo 349Antes de ponerte a rellenar el modelo 349 vas a necesitar un listado con las facturas. Se declaran por la suma total.

Por cada cliente o proveedor suma todas las facturas que tengas y ese será el total.

Una cosa muy importante. Es obligatorio anotar el CIF intracomunitario. Te puede parecer una tontería. Pero hay veces que te has hecho un lío al anotarlo y saltará error en la pantalla.

En este caso no te queda otra que averiguarlo. Y no te creas que a veces no es fácil porque el dichoso número aparece de una forma que ni lo pillas.

Primero porque la factura está en otro idioma y también porque cada país sigue su propia secuencia de números con lo cual ni caes cuando lo tienes a la vista.

¿Cuál es el plazo de presentación el modelo 349?

Desde enero 2020 solo existe un plazo. De forma trimestral siempre. Antes podía ser anual, pero esta opción ha desaparecido.

El último año que se puede presentar anual es el 2019. El que se presenta en enero 2020.

Una cosa, si un trimestre no tienes operaciones intracomunitarias no tienes que presentar el modelo 349. Esta declaración funciona de forma diferente. No existe el modelo 349 sin operaciones.

Aquí no hay sin actividad ni cosas parecidas. Si no hay operaciones no tienes obligación de presentar el modelo 349.

 

Cuál es el plazo de presentación el modelo 349

Cómo puedo presentar el modelo 349

El modelo 349 solo se puede presentar por Internet.

Tenlo previsto con tiempo de antelación porque esto por muy online que sea no consiste en llegar el último día y hacer clic. Lleva unos pasos para conseguirlo.

Modelo 349 solo se presenta por InternetActualmente solo se puede rellenar por la página de Hacienda. Antes podías utilizar el programa de ayuda, pero ya ha desaparecido.

 

Entra en la página de Hacienda:

  • Todas las gestiones.
  • Impuestos y tasas.
  • Declaraciones Informativas.
  • Modelo 349.

 

Seleccionar presentación modelo 349 por Internet
Seleccionar presentación modelo 349 por Internet

 

La primera pantalla que se abre es para anotar los datos del declarante, eres tú. Anota los datos de NIF, nombre, teléfono y persona de contacto. No te olvides del periodo y comprobar el ejercicio.

 

Seleccioanr periodo
Modelo 349 Periodo

 

Modelo 349 datos del declarante
Modelo 349 datos del declarante

Operaciones intracomunitarias: cómo rellenar paso a paso

Selecciona Operaciones para dar de alta una nueva operación y haz clic en el icono de nueva.

 

Datos de operaciones
Modelo 349 datos operaciones Intracomunitarias

 

Ahora anota los datos de la operación:

  • Código del país. Haz clic en la flecha y se despliegan los países con su código asignado. Cuando lo hagas se habilitará el siguiente campo para que anotes.
  • NIF Operador Intracomunitario.
  • Nombre del operador.
  • Selecciona clave operación. Se abrirá otra pantalla.

Claves operación intracomunitaria

Las claves de operación depende de si tus facturas son de ventas o de compras. Estas son las más habituales:

Para el caso de ventas o prestación de servicios:

  • E para Entregas: si son ventas de bienes.
  • S para Prestaciones: si son ventas de prestación de servicios.

Para el caso de compras de bienes o servicios:

  • A para Adquisiciones sujetas: si son compras de bienes.
  • I para Adquisiciones de servicios: si son compras de servicios.

 

Claves operaciones
Modelo 349 Claves Operaciones

Rectificaciones en el modelo 349

Imagínate que tienes un cliente o un proveedor con el importe en negativo porque has tenido que hacer o recibir una factura de abono o rectificativa.

No puedes anotarlo directamente porque no admite importes en negativo.

Para eso debes utilizar el apartado de Rectificaciones. Es muy sencillo.

Primero anotas los datos de la factura original y luego en la parte de abajo lo que tenía que haber sido después de restar el importe que vas a rectificar.

 

Rectificaciones
Modelo 349 Rectificaciones

Realizar la presentación del modelo 349

Antes de presentar comprueba los importes que has metido si la suma coincide con la hoja que seguro que tienes ahí encima de la mesa.

Para eso selecciona Declarante y resumen de la declaración.

Luego haz clic en Validar. Así si hubiera algún error saldría un listado para que puedas corregir.

Bueno ¿ya está todo revisado? Entonces solo te falta hacer clic en firmar y enviar. Listo, tienes presentado el modelo 349 con las operaciones intracomunitarias.

 

Modelo 349 resumen declaración
Modelo 349 Resumen declaración

 

Acuérdate de incluir las operaciones intracomunitarias en el modelo 303 IVA

Ahora que ya tienes presentado el modelo 349 recuerda que también debes declarar estos importes en el modelo 303 IVA.

Deben coincidir al céntimo.

Este es uno de los errores más frecuentes. Presentar el modelo 349 y luego olvidarse de incluirlo en el modelo 303. Aquí tienes cómo poner las adquisiciones intracomunitarias en el modelo 303.

¿Sabes por qué?

Porque en el modelo 303 IVA los importes de las operaciones intracomunitarias ni suman ni restan. Vamos que el resultado seguirá siendo el mismo aunque no lo pongas. Por eso no te das ni cuenta.

 

¿Sabes cómo rellenar el modelo 349? ¿Tienes operaciones intracomunitarias?

Cuéntame, me encanta recibir tus comentarios.

23 Replies to “Cómo rellenar el modelo 349: informa de tus operaciones intracomunitarias”

  1. Hola Ana,
    Gracias como siempre, una vez más estoy aprendiendo mucho de los que compartes. Ahora estoy queriendo hacer el 349 del 4T de 2021, y no veo como llegar a un formulario para presentar! Ya hay opcion de presentar para 2022, pero para anteriores ejercicios solo da la opcion de consultas, no de presentar. Dice:
    Modelo 349. Ejercicio 2020 y siguientes. Consultas y bajas de declaraciones.

    Luego en otras secciones veo que se puede presentar para ejercicios mucho mas anteriores, pero nada de 2021.
    Será un problema de la página o encuentro el formulario en otro apartado?
    Gracias si tienes información al propósito!

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Naledi, han debido tener algún problema porque antes sí que estaba que he presentado ya unos cuantos. Prueba a entrar ahora, aparece 2021 en la primera opción.
      Gracias por estar por aquí!

      1. Hola Ana, tienes razón, he vuelto a mirar y este vez, allí estaba.
        Gracias!

  2. Hola Ana:

    Gracias por tu aclaración que únicamente se presenta el 349 cuando hay operaciones a declarar. ¡Me ha sido muy útil! Solo me queda la duda si tengo que cumplir con una declaración anual, como es el caso por ejemplo con los modelos 111 (190) y 303 (390).

    Un saludo
    Simone

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Simone, para el 349 no hay un anual, solo trimestral.
      Gracias por estar por aquí!

  3. Hola. Tengo esta duda a punto de cerrar modelos: En el modelo 349 en base imponible QUÉ SE PONE EXACTAMENTE: Por ejemplo yo recibo una factura de servicios de Francia por 25 euros. Precio final 25 euros.
    Yo declaro en el modelo 349 base imponible: 25 euros? o tengo que descontarle a esos 25 euros el 21% de IVA? y EN EL MODELO 303 consecuentemente tengo que poner 25 euros y su IVA sumado o descontado?. Gracias.

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Carmen, el IVA de esa factura intracomunitaria es «ficticio». Como comentas es un precio final. Calculas el IVA para poder incluirlo en el modelo 303. En el 349 va por el mismo importe que en el 349.
      Si estás atascada pásate por Tus Impuestos (arriba en el menú). Por muy poco los tienes calculados y presentados. Te evitas inseguridad.
      Gracias por leer el blog!

      1. Qué alegría que contestes tan rápido. Ya no me da tiempo pero para el próximo trimestre te voy a solicitar porque eres más económica que nadie. Entonces: la duda sigue en mi cabeza: En el modelo 349 pongo 25 euros que es la factura total de Francia
        En el modelo IVA CASILLA 10 y 36 pongo 25 euros y en la casilla 11 y 37 pongo 5,25 euros. Es correcto? Es decir que le sumo el VA.

        O bien sería así: En el modelo 349 pongo 25 euros que es la factura total de Francia pero en el modelo IVA casilla 10 y 36 pongo: 20,66 y en la casilla 11 y 37 pongo: 4,34.

        Perdona que esté con R que R pero no me queda claro esto y Hacienda no me lo aclara tampoco… o yo no me aclaro mejor. Mil gracias.

        1. Ana Tus Papeles 4 años ago

          Hola Carmen, la factura de Francia la pones en el 349 por los 25€. En el modelo 303 en las casillas de adquisiciones intracomunitarias pones también los 25€ de base y calculas el IVA «ficiticio» (digo ficticio porque esa factura no lo tiene). Lo pones en el IVA devengado y también en el IVA deducible.
          Desde comentarios es complicado explicar con detalle casos concretos.

          1. Aclarado. 25 + 21 %. Gracias Ana. Hablamos ya para 4T porque esto a mi no me deja libre estos días y no puedo dejar de lado mi actividad. Te contacto a través de tu página o me das un correo como me digas.

          2. Ana Tus Papeles 4 años ago

            Hola Carmen, cuando quieras 🙂 Tienes toda la razón, esto de los impuestos siendo autónomo quita mucho tiempo cuando hay desconocimiento. Pasar horas por Internet además crea inseguridad. Puedes entrar por Tus Impuestos.

  4. Verónica 5 años ago

    Hola,
    Tengo dos preguntas sobre las operaciones intracomunitarias, es la primera vez que voy a presentar el modelo 349.
    Entiendo que si el operador no esta dado de alta y me ha incluido su IVA en la factura, no puedo deducírmelo y además no debo indicarlo ni el el 303 ni en el 349, sino como un gasto mayor al final de año, ¿es así?.
    ¿Y qué pasa si aunque no está dado de alta (lo he comprobado en el VIES) no me ha cobrado el IVA, a pesar de indicarlo en su factura? Ósea, me ha emitido una factura de venta (yo lo he comprado) de un producto con su IVA alemán, pero que no me ha cobrado por no ser yo española (solo me ha cobrado su base imponible, me lo ha contado y luego descontado, muy raro). No debo meterlo en el 349 porque no esta dado de alta, ¿verdad?.
    ¡Gracias! Un saludo

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Verónica, es raro lo que comentas. Te emiten una factura y no pagas el total si no una parte? Pues no sería muy válido. Deberían hacerte otra factura por lo que realmente has pagado, sin IVA. No tiene nada que ver con ser española o no. Me refiero al pago. Eso debería reflejarse directamente en la factura. Si la factura tiene IVA no lo declaras en el 349 ni el 303. Entiendo que si no están dados de alta en el ROi por eso la factura va con IVA. Pero ese IVA no es español por eso es un mayor gasto.
      Desde comentarios es complicado decirte algo concreto sin ver la factura. Si necesitas más ayuda entra en Ayuda Express.
      Gracias por estar aquí!

  5. Eva María 5 años ago

    Estoy de alta como ilustradora y no tengo obligación de presentar IVA por lo que me di de baja en él pero si estoy de alta en realizar ventas a países de la Unión Europea ya que trabajo casi todo para fuera. También compro en países de la Unión Europea, ¿tengo que presentar el modelo 349 si no tengo que presentar el modelo 303?
    Muchas gracias, un saludo

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Eva María, aunque no presentes el modelo 303 sí deberías presentar el modelo 349 porque esas operaciones intracomunitarias existen y es una declaración informativa.
      Gracias por leer el blog!

      1. Eva María 5 años ago

        Muchas gracias por resolver mi duda, tienes un blog estupendo.

  6. Hola quiero haceros una consulta
    Durante el 2y 3 periodo hemos hecho operaciones intracomunitarias pero no las hemos declarado en 303 ni hemos hecho 349. Lo podemos hacer anual? y en caso de que así sea como lo podemos cuadrar en el modelo 390?
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Alba, podéis declararlo de forma anual, en este mismo post tienes las condiciones, lee más arriba. Para cuadrar el modelo 390 solo tienes que poner en las casillas de iva devengado y deducible lo que ya has declarado en el modelo 303.
      Gracias por tenerte por aquí!

      1. Muchas gracias!! Un saludo

  7. HOLA Y GRACIAS POR VUESTRA AYUDA.
    QUIERO PREGUNTAROS SOBRE EL MODELO 349, SI HACIENDA ME PIDE EL DEL AÑO ANTERIOR QUE ES EL DEL 2017 QUE NO LO PRESENTE POR NO SABERLO Y POQUE ME DI DE ALTA EN EL 2017, DIGO YO QUE TENDRE QUE PRESENTARLO CON LOS MISMOS DATOS QUE PUSE EN EL MODELO 303 DEL 2017 Y HACER LO MISMO QUE CON EL QUE TENGO QUE PRESENTAR AHORA QUE CORRESPONDE AL 2018.
    ATENTAMENTE.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Jaguer, así es. En el modelo 349 tiene que figurar lo que has puesto en el modelo 303. Si es anual mira lo que figura en los modelos 303 y 390 que presentaste en 2017. Si no es anual mira ese trimestre. Es igual para todos los años.
      Gracias por estar aquí!

  8. tu información para cumplimentar el modelo 349, paso a paso me ha ayudado muchísimo. tu explicación es mucho más clara y entendible que la ayuda de aeat.
    muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Isabel, gracias por el comentario! Es la idea, que sea útil y sin palabras raras.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

This field is required.

This field is required.