Impuestos Autónomos

Para saber cómo no pagar el modelo 130 como autónomo significa que cumples con unos requisitos para no tener que presentarlo todos los trimestres.

Puede que estés presentando el modelo 130 y no tengas obligación. Mira si es tu caso y puedes librarte.

¿Cuál es tu caso?

  • Estás pagando el modelo 130 sin tener obligación de presentarlo.
  • Te sale a pagar cada trimestre sin saber cómo bajar el resultado.

Me temo que este trimestre no te queda más remedio que pagar el modelo 130. Pero quizá puedas evitar seguir haciéndolo.

Primero intentar explicarte qué es el modelo 130 de forma rápida. Es solo para autónomos.

Qué se paga en el modelo 130

Empezar por lo básico que quizás lo sepas pero por si acaso. Con el modelo 130 pagas un 20% de tus beneficios. Así de sencillo.

Aunque tus ingresos sean mínimos hay un porcentaje que se lleva Hacienda.

Ahora te preguntarás, pero ¿qué beneficios para lo que ingreso? Puede resultar duro, sin embargo, por muy pocos ingresos que tengas no dejas de no pagar el modelo 130 en los trimestres.

La clave está en ese cálculo que se realiza de una forma muy sencilla, una simple resta:

Ingresos – Gastos = Beneficios

Sobre ese importe pagas el 20%

Entonces ¿cómo consigo no pagar ese importe de los beneficios del modelo 130? Bueno, los milagros no existen. Quizá puedas estar en alguno de estos casos.

Averigua si directamente no tienes que presentar el modelo 130

Si estás dado de alta como profesional lo tienes más fácil. Puedes emitir tus facturas con retención de IRPF.

Si lo haces en al menos el 70% entonces no tienes obligación de presentar y pagar el modelo 130. Lo que pasa es que no todos los autónomos pueden ser profesionales.

¿Cómo sé que soy profesional?

Es lo primero que te has preguntado. Tu actividad tiene que estar dentro de lo que Hacienda llama epígrafes del IAE en profesionales.

Te puede interesar los líos de los epígrafes del IAE.

Están los clásicos que a todos se nos vienen a la cabeza como abogados, médicos, ingenieros, es decir, los que necesitan estar colegiados para ejercer su actividad. Aunque también hay algunos que también lo son como informático o profesor por ejemplo.

Para tener mayor seguridad mira tu modelo 036 de alta de tu actividad, ahí podrás comprobar en que epígrafe estás incluido. Y si estás pensando en darte de alta lo mejor es que consultes las actividades del IAE de Hacienda.

Un caso más. Puede ser que seas profesional, que emitas tus facturas con retención, presentes el modelo 130 y te salga a pagar. ¿Sabes hasta cuándo se puede poner el 7% de IRPF en tus facturas?

No tienes obligación de hacerlo. Pero no te preocupes que tiene solución. Ten cuidado, que ahora estarás diciendo ¡me he librado!, y vas y dejas de presentarlo.

Puedes estar pensando en no presentar el modelo 130 este trimestre porque tienes más del 70% de retenciones en tus facturas. No es tan fácil.

Si lo has estado presentando y no tienes obligación la única forma de dejar de hacerlo es presentar un modelo 036 de baja de obligación de ese modelo concreto. Así que ya sabes el modelo 036, ese formulario multiusos también sirve para esto.

Si no lo haces de esta manera te llegará lo de siempre, la sanción de Hacienda por cada trimestre no presentado.

Cómo pagar menos en el modelo 130

Para no pagar el modelo 130 cada trimestre o al menos pagar menos puedes incluir gastos. Que no te parezca absurdo. Es muy frecuente no meter gastos o dejarse la mitad por puro desconocimiento.

Hazte una pregunta, ¿tengo gastos? Seguro que sí los tienes. No puede ser que para realizar un trabajo para un cliente no gastes ni Internet ni nada.

Quizá lo que te esté pasando es que no tengas justificantes de esos gastos y entonces tus ingresos sean tal cual.

A partir de ahora pide facturas, justificante de todo, claro que debe ser relacionado con tu actividad. Aquí tienes las cosas que no te puedes deducir como autónomo.

¿Sabes que en el modelo 130 no solo se meten facturas con IVA? Se incluyen además tickets o facturas simplificadas, cuotas de autónomos, colegio profesional, seguro, etc.

Si estás trabajando en casa también puedes meter un porcentaje de esos gastos, porque digo yo que el ordenador que estás utilizando ahora mismo funciona con la luz que pagas. 18 Gastos me puedo deducir como autónomo.

Además ¿has incluido todo lo que puedes restar?

 

¿Estás obligado a presentar el modelo 130? ¿O te has librado? ¿Sabías que si eres profesional lo más frecuente es que no pagar el modelo 130 todos los trimestres?

 Me encanta oírte, espero tus comentarios.

15 Replies to “Cómo no pagar el modelo 130 todos los trimestres”

  1. Me dí de alta en Febrero, sin activar casilla 600, es decir sin obligación de realizar pagos fraccionados, ya que mis facturaciones son muy esporádicas y todas llevan retención.
    Sin embargo, incautamente presenté el modelo 130 del primer trimestre, que me salió a pagar una pequeña cantidad que supongo recuperaré en la declaración del irpf
    Mi consulta: ¿El haber presentado el modelo 130 sin estar obligado implica que tengo que seguirlo presentando en los trimestres sucesivos? En caso afirmativo ¿hasta cuándo persistiría esa obligación? ¿Acaso tendría que presentar modificación del modelo 036 marcando baja en la casilla 600 a pesar de no haberla marcado como alta en su día?
    Muchas gracias de antemano por la respuesta. Sus informaciones son muy valiosas e interesantes.

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Richi, si has presentado el trimestre y no presentas el siguiente Hacienda puede enviar un requerimiento. Es un lío demostrar que no está marcada esa casilla 600 porque lo has presentado. Es mejor que des de baja la obligación.
      Gracias por estar por aquí!

  2. Victoria 3 años ago

    En 2020 y en años anteriores estuve dada de alta como traductora, sin obligación de presentar el modelo 130 (todas mis facturas tenían retención de IRPF). Me di de baja en julio (estuve cobrando prestación por cese de actividad) y el 2 de marzo de 2021 me volví a dar de alta. Por error me di de alta en la casilla 600, con obligación de presentar el 130. Me he dado cuenta de que no hace falta que lo presente. ¿Puedo modificar el modelo 037 para darme de baja del 130 con fecha 2 de marzo (fecha del alta), o tengo que poner la fecha actual, abril? Una vez dado de baja el 130, ¿tengo que hacer declaración trimestral igualmente por ese mes (marzo) en el que estuve dada de alta y luego dejar de hacerla para los trimestres siguientes, o no es necesario? Muchas gracias.

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Victoria, ya estamos hablando por email por Ayuda Express. En breve tendrás las dudas resueltas.
      Gracias por contactar!

  3. Hola!
    En mis dos últimos años he retenido en más del 70% de mis ingresos. Tenía intención de dejar de presentar el modelo 130 este año pero no he presentado el modelo 037 para comunicarlo.
    ¿Qué me recomiendas? Presentar el 037 fuera de plazo, no presentarlo y arriesgarme… o no me queda otro remedio que continuar con el 130.
    Muchas gracias!

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Javier, intenta presentar el 037 fuera de plazo para evitar este trimestre. Pero puede que te pidan justificación de ese 70%. Esto no es algo que vaya por trimestres si no en referencia al año anterior que en tu caso lo cumples.
      Gracias por leer el blog!

  4. Hola Ana¡
    Felicitarte por tu gran trabajo de divulgación y hacerlo todo bastante más fácil lo difícil. Al hilo de este último comentario:

    Mi duda es:
    El calculo del 70% para presentar o no el 130 es sobre la suma del importe total de la facturas presentadas a lo largo del trimestre, o el total de número de facturas emitidas independientemente de importe o valor de ellas? entiendo que es por el ingreso total si no interpreto mal lo que dice hacienda en el párrafo que pones.
    Muchas gracias¡

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Javier, el 70% es sobre los ingresos totales respecto al año anterior. Si acabas de iniciar la actividad entonces es sobre el trimestre.
      Gracias por tu comentario!

  5. Hola!
    Gracias por tus artículos, están genial!
    En mi caso llevo dada de alta como autónoma desde abril de 2019, con el epígrafe 826 (soy profe) . El año pasado emití facturas a dos empresas, una con retención del 7%, otra sin retención. Por ello durante todo el año pasado presente el modelo 130. Este año 2020 solo voy a emitir facturas a la empresa con retención del 7%. Mi pregunta es si ahora puedo modificar el modelo 037 y dar de baja la casilla 600 para indicar que no tengo obligación de pagos fraccionados, y así evitar pagar el modelo 130 del primer trimestre de este ejercicio 2020, así como de los siguientes trimestres. O sea, el modelo 037 lo puedo modificar ahora o debería haberlo modificado antes?

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Zahira, el tener o no obligación de presentar el modelo 130 es por lo que haya pasado el año anterior. Como el año pasado 2019 tenías obligación este año continuas con el modelo 130.
      Esto es lo que dice la página de Hacienda «las personas físicas que desarrollen actividades profesionales no están obligadas a presentar declaración de pago fraccionado ni a efectuar ingreso alguno por este concepto en relación con las mismas si, en el año natural inmediato anterior, al menos el 70 por 100 de los ingresos procedentes de dichas actividades hubieran sido objeto de retención o ingreso a cuenta. En el supuesto de inicio de la actividad, se tendrá en cuenta a estos efectos el porcentaje de ingresos que hayan sido objeto de retención o de ingreso a cuenta durante el período trimestral a que se refiere el pago fraccionado».
      El próximo año sí que podrás librarte del modelo 130, dando la baja a 31 de diciembre. Gracias por tenerte por aquí!

  6. HOLA, ESTOY DADA DE ALTA DESDE ENERO COMO AUTÓNOMA Y NO ESTOY OBLIGADA A PRESENTAR EL 130, EL 1T NO TUVEINGRESOS Y EL 2T MAS DEL 70% FUE A EMPRESAS, EL TEMA ES QUE ESTE TRIMESTRE NO LLEGA AL 70 %, ME QUEDO EN 64,4 % A EMPRESAS, EN EL ALTA DE HACIENDA APAREZCO COMO NO OBLIGADA, QUE DEBERÍA HACER, HACER UN ALTA EN LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL 130?, SE PUEDE PRESENTAR EL DEL 3T SIN HABER PRESENTADO ANTES NINGUNO? SE QUE SI FUERA MI 2° AÑO DADO DE ALTA ESTO DE MAS DEL 70 % DE FACTURACIÓN A EMPRESA SE APLICARIA AL AÑO FISCAL ANTERIOR, PERO AL SER MI PRIMER AÑO VA TRIMESTRE A TRIMESTRE. AGRADECERIA ME PUDIERA AYUDAR

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Ale, si ves que en el siguiente trimestre si vas a lllegar al 70% no pada nada. Sí se puede dar de alta la obligación de presentar el modelo 130 en cualquier trimestre del año.
      Gracias por leer el blog!

  7. José Antonio 5 años ago

    En primer lugar decirte que acabo de descubrir esta página y me parece fantástica. No he visto otra en la que expliquen todo tan clarito. Te expongo mi duda: Hasta ahora estaba dado de alta en un epígrafe profesional, y como más del 70% de mi facturación tenía retención de IRPF no presentaba la declaración trimestral con el 130. El caso es que ahora estoy pensando en darme de alta además en otro epígrafe fiscal pues voy a realizar otro tipo de actividad, que sería de tipo empresarial. Por lo pronto esta activad no creo que genere demasiado facturación, por lo que más del 70% de mis ingresos seguirán teniendo retención de IRPF. Pero al ser una de las actividades calificadas como empresariales. ¿Debo presentar el 130?

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola José Antonio, si te vas a dar de alta en actividad empresarial es obligatorio presentar el modelo 130. Los importes serán de las dos actividades y sí podrás restar las retenciones.
      Mil gracias por tu comentario! me alegro que te guste y te sea útil!

      1. José Antonio 5 años ago

        Sí, eso pensaba. Muchísimas gracias Ana por tu rápida repuesta. Saludos

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